Bodas civiles

1. Documentación y gestión

1º: Para la celebración del matrimonio civil en el Registro Civil de Cuntis se debe presentar la siguiente documentación ante el Registro Civil:

Certificados literales de nacimiento de los contrayentes. Fe de vida y estado de los contrayentes. Fotocopia del DNI de los contrayentes. Certificados literales del matrimonio anterior, donde conste el divorcio, en caso de ser divorciados. Certificaciones de empadronamiento (Se solicitan en el Ayuntamiento donde están empadronados).

2º: En caso de que el expediente no se procese en el Registro Civil de Cuntis, deberá dirigirse al Registro Civil o Juzgado de Primera Instancia que le corresponda según su domicilio. Este será el encargado de autorizar a nuestro Tribunal para la celebración del matrimonio.


2. Celebración de la ceremonia.

a. Ante el juez o jueza de paz

En caso de que se decida celebrar la ceremonia ante el juez de paz, deben establecer una fecha y hora llamando al número del Juzgado 986 533 997 o bien acudiendo a este.

Las ceremonias en el Registro Civil de Cuntis duran entre 10 y 15 minutos y se llevarán a cabo en el Salón de Plenos del Ayuntamiento o en la Casa de Cultura "Roberto Blanco Torres". En este último caso siempre reservando con antelación.

Cualquier día laborable de 10:00 a 12:00.

Los sábados, domingos y festivos, habrá que hablar con el Juez.



b. Ante el alcalde

En caso de que la ceremonia se decida celebrar ante el alcalde o alcaldesa, se deberá concertar cita previamente para confirmar la disponibilidad de su agenda, y de no poder oficiarla, que se proceda a la delegación para la celebración de la ceremonia en un concejal o concejala de la corporación.

 

Para ello habrá que llamar al número 986 548 005 o bien acudiendo presencialmente al propio Ayuntamiento.

Cualquier día laborable, sábados, domingos y festivos.


3. Organización

La organización la llevarán a cabo los contrayentes.

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